Presidencia
Tribunal Superior De Manizales

Presidente
Magistrado Álvaro José Trejos Bueno
Correo electrónico: prtsupmzl@cendoj.ramajudicial.gov.co
Teléfono: 6068879625
Extensiones: 10183 – 10184
Funciones
El presidente (a) del tribunal tendrá las siguientes funciones*:
- Servir de órgano de representación y de comunicación del tribunal con las autoridades y personas a quienes haya necesidad de dirigirse en razón de su cargo.
- Disponer el orden del día.
- Convocar, presidir y dirigir las sesiones de las salas plenas y de gobierno.
- Posesionar a los empleados designados por la sala plena.
- Repartir los asuntos que sean de competencia del tribunal y de sus salas de gobierno y mixtas, siempre que su reparto no corresponda a las oficinas judiciales.
- Velar porque los empleados del tribunal desempeñen cumplidamente sus funciones y se ejecuten las decisiones de la sala plena y de otras autoridades.
- Conceder permiso para ausentarse del despacho, por causa justificada, a los magistrados del tribunal, jueces del distrito y empleados adscritos a la sala plena.
- Rendir informe a la sala plena de sus actividades y de los asuntos que ésta deba conocer.
- Divulgar las decisiones judiciales que considere la corporación.
- Suministrar, oportunamente, al Consejo Superior y consejo seccional los datos que requieran sobre situaciones presupuestarias, de recursos humanos y de gestión judicial.
- Designar comisiones para rendir informes o cumplir las tareas especiales que ordene la corporación.
- Poner, oportunamente, en conocimiento de los magistrados las notas oficiales que reciba y toda clase de invitaciones que se hagan a la corporación.
- Evaluar a los empleados adscritos a la presidencia.
- Realizar visitas mensuales a la secretaría y, dentro de su competencia, tomar las medidas convenientes para su mejor servicio.
- Decidir las solicitudes que se presenten al tribunal en ejercicio del derecho de petición, en los asuntos sobre los cuales deba pronunciarse la corporación.
- Las demás que señale la ley y los reglamentos.
* Artículo 21 del Acuerdo No. PCSJA17-10715 de Julio 25 de 2017 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura.