Presidencia

Presidencia
Tribunal Superior De Manizales
Presidente
Magistrado Álvaro José Trejos Bueno

Correo electrónico: prtsupmzl@cendoj.ramajudicial.gov.co
Teléfono: 6068879625
Extensiones: 10183 – 10184

Funciones
El presidente (a) del tribunal tendrá las siguientes funciones*:
  1. Servir de órgano de representación y de comunicación del tribunal con las autoridades y personas a quienes haya necesidad de dirigirse en razón de su cargo.
  2. Disponer el orden del día.
  3. Convocar, presidir y dirigir las sesiones de las salas plenas y de gobierno.
  4. Posesionar a los empleados designados por la sala plena.
  5. Repartir los asuntos que sean de competencia del tribunal y de sus salas de gobierno y mixtas, siempre que su reparto no corresponda a las oficinas judiciales.
  6. Velar porque los empleados del tribunal desempeñen cumplidamente sus funciones y se ejecuten las decisiones de la sala plena y de otras autoridades.
  7. Conceder permiso para ausentarse del despacho, por causa justificada, a los magistrados del tribunal, jueces del distrito y empleados adscritos a la sala plena.
  8. Rendir informe a la sala plena de sus actividades y de los asuntos que ésta deba conocer.
  9. Divulgar las decisiones judiciales que considere la corporación.
  10. Suministrar, oportunamente, al Consejo Superior y consejo seccional los datos que requieran sobre situaciones presupuestarias, de recursos humanos y de gestión judicial.
  11. Designar comisiones para rendir informes o cumplir las tareas especiales que ordene la corporación.
  12. Poner, oportunamente, en conocimiento de los magistrados las notas oficiales que reciba y toda clase de invitaciones que se hagan a la corporación.
  13. Evaluar a los empleados adscritos a la presidencia.
  14. Realizar visitas mensuales a la secretaría y, dentro de su competencia, tomar las medidas convenientes para su mejor servicio.
  15. Decidir las solicitudes que se presenten al tribunal en ejercicio del derecho de petición, en los asuntos sobre los cuales deba pronunciarse la corporación.
  16. Las demás que señale la ley y los reglamentos.

* Artículo 21 del Acuerdo No. PCSJA17-10715 de Julio 25 de 2017 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura.