Sentencia con radicación No. 2022-00418 (19911)
El Tribunal protegió los derechos fundamentales de un afiliado al que COLPENSIONES le negó la reliquidación de la pensión de vejez
El demandante, nacido en 1955, cotizó un total de 2.086 semanas y obtuvo el reconocimiento de su pensión de vejez en noviembre de 2017, con una mesada resultado de aplicar una tasa de reemplazo del 76.95%.
En noviembre de 2022 COLPENSIONES le negó la reliquidación a recibir la tasa máxima de reemplazo del 80%.
La ponente fundamentó su decisión en que «los afiliados que obtienen una tasa de reemplazo inicial inferior al 65% pueden incrementar el porcentaje con semanas adicionales a las mínimas requeridas, hasta llegar al monto máximo del 80% del ingreso base de liquidación», siguiendo la jurisprudencia consolidada de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, en las sentencias SL3501-2022 y SL8102023.
Rechazo al argumento de sostenibilidad fiscal
De manera contundente, la Sala señaló que la demandada «básicamente está yendo en contravía del parágrafo del artículo 334 de la Constitución Política, relativo a la imposibilidad que existe para que alguna autoridad estatal, invoque la sostenibilidad fiscal, con miras a menoscabar derechos fundamentales y restringir su alcance o negarle una efectiva protección».
El Tribunal recordó que «la Seguridad Social se erige como un servicio público de carácter obligatorio y un derecho fundamental irrenunciable, conforme al artículo 48 de la Constitución», y que «los jueces solo están sometidos al imperio de la ley, artículo 230 Constitucional», desestimando así las circulares internas de COLPENSIONES.