Impedimento infundado

Auto No. 2025-00069

El Tribunal Superior declaró infundado impedimento por no acreditar la vinculación formal al proceso disciplinario.

El cognoscente alegó impedimento basado en queja disciplinaria presentada por el ejecutante con ocasión del proceso ejecutivo hipotecario No. 202000015, que cursa ante la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Caldas con radicado No. 2024-00441. Sin embargo, no acreditó su vinculación formal como disciplinado.

La Magistratura precisó que la causal séptima del artículo 141 del CGP exige no solo la formulación de denuncia disciplinaria por hechos ajenos al proceso, sino la vinculación formal del funcionario a la investigación. Lo que concluyó apoyándose en precedentes de la Corte Suprema de Justicia.

El Tribunal aprovechó para recordar el trámite preferencial que establece el parágrafo del artículo 144 del CGP para impedimentos y recusaciones.

 

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