Salas Especializadas

Salas Especializadas
Tribunal Superior De Manizales
Salas Especializadas

Las salas especializadas se ocupan exclusivamente de negocios de una o varias especialidades o disciplinas jurídicas determinadas, según la competencia asignada por la ley. Sus funciones están reguladas en el artículo 8 del Acuerdo No. PCSJA17-10715 del 25 de julio de 2017 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura y el Acuerdo No. 011 del 17 de noviembre de 2009, reglamento interno de la Corporación; así:

Funciones

a. Elegir su presidente y vicepresidente para período de un (1) año.

b. Elegir los empleados adscritos a la sala, concederles licencias, resolver las renuncias que presenten de sus cargos y removerlos de acuerdo con la ley.

c. Conformar la lista de conjueces, resolver las renuncias que presenten y removerlos de acuerdo con la ley.

d. Reunirse ordinariamente con la periodicidad que la sala determine.

e. Aprobar las normas que regulen los aspectos de su funcionamiento interno que no hayan sido contempladas en el presente reglamento ni acordadas por la sala plena del tribunal.

f. Realizar el estudio previo del factor cualitativo de calificación de servicios a los jueces y una vez efectuada, remitirla a la sala plena para su aprobación.

g. Fijar el día y la hora para la celebración de las sesiones ordinarias de sala de decisión.

h. Evaluar a los empleados adscritos a la sala.

i. Las demás que señalen la ley y los acuerdos del Consejo Superior de la Judicatura.

j. Literal transitorio. Conocer de los procesos disciplinarios de los empleados nombrados por la sala hasta la conformación de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y sus seccionales.

Presidente(a) de las Salas Especializadas
Tribunal Superior De Manizales
Presidente(a) de las Salas Especializadas

Además de las funciones expresamente señaladas en la ley, corresponden al presidente de la sala especializada o a quien haga sus veces las siguientes*:

Funciones

a. Disponer el orden del día.

b. Convocar, presidir y dirigir las sesiones de la sala de conformidad con el reglamento.

c. Repartir los asuntos que sean de competencia de la sala y que no le corresponda a la oficina judicial.

d. Realizar visitas mensuales a la secretaria y, dentro de su competencia, tomar las medidas convenientes para su mejor servicio.

e. Sortear y dar posesión a los conjueces de la sala.

f. Posesionar a los empleados de la sala.

g. Velar porque los empleados de la sala desempeñen cumplidamente sus funciones y se ejecuten las decisiones de ésta y de otras autoridades.

h. Conceder permisos por causa justificada a los empleados de la sala.

i. Rendir a la sala informes de sus actividades y de los asuntos que ésta deba conocer.

j. Servir de órgano de comunicación con las autoridades y las personas a quienes haya necesidad de dirigirse en razón de su cargo.

k. Suministrar, oportunamente, al Consejo Superior y consejo seccional de la judicatura los datos que requieran sobre situaciones presupuestarias, de recursos humanos y de gestión judicial.

l. Designar comisiones para rendir informes o cumplir las tareas especiales que ordene la corporación.

m. Poner, oportunamente, en conocimiento de los magistrados las notas oficiales que reciba y toda clase de invitaciones que se hagan a la sala.

n. Las demás que señalen la ley y los reglamentos.

* Artículo 23 del Acuerdo No. PCSJA17-10715 del 25 de julio de 2017 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura